lunes, 24 de noviembre de 2014

Violación



Marco introductorio

La violación tiene una importancia trascendental dentro del esquema jurídico mundial, siendo considerado un delito grave porque compromete una serie de tutelados que forman parte de los derechos fundamentales del ser humano.
Quienes cometen este delito son denominados «violadores sexuales». Estos agresores hacen uso de la fuerza (física o emocional) para dominar o amedrentar a sus víctimas, con el fin de satisfacer su deseo o impulso sexual. Un factor determinante para que se tipifique el delito de violación es la falta de consentimiento por parte de la víctima.
En el marco jurídico, la violación difiere de otros delitos sexuales tales como el estupro, el acoso sexualatentado contra el pudor y la zoofilia. Las circunstancias que rodean el acto se analizaran de acuerdo a las agravantes o atenuantes que existan en cada caso. Dentro de la doctrina jurídica se considera que han existido agravantes cuando concurren ciertas circunstancias tales como la autoridad del agresor sobre la víctima (circunstancias tales como ser el tutor, patrón, empleador de la víctima, de entre otros).

Definición

Concepto

El concepto de violación ha ido cambiando con el correr del tiempo. En la actualidad la violación es un tipo de acceso carnal no consentido, mediante el cual se produce la profanación del cuerpo de una persona que no ha podido o no ha tenido el ánimo de prestar el consentimiento para ejecutar dicho acto, producto de lo cual su integridad mental y física ha sufrido o pudo haber sufrido un ultraje.
Según la ONU dice lo siguiente:
Una penetración física por coacción de la vulva o el ano, con un pene, otras partes del cuerpo o un objeto.1
La violación es un tipo de agresión que se refiere a la actividad sexual - sexo oral, penetración genital, coito vaginal o coito anal - realizado contra la voluntad de una persona por medio del uso de la fuerza, el alcohol, las drogas, la intimidación, la presión o la autoridad.2

Configuración

Para que se configure la violación es únicamente necesario un acceso carnal sobre la víctima sin que ésta haya presentado su consentimiento expreso.
  • Se ha discutido a través de la historia sobre si la honestidad de la víctima es un requisito para configurar el delito de violación, por lo que por mucho tiempo se ha creído que la honestidad de la víctima debió haber sido necesaria, sin embargo al ser la libertad sexual el bien jurídicamente tutelado, no es necesario que la mujer sea honesta o virgen.
  • A través de la historia las relaciones sexuales no consentidas con un esclavo, enemigo de la guerra, una prostituta o un miembro de una minoría racial o étnica no se considera una violación en muchas culturas.3 4 5
  • Existe una divergencia de criterios en cuanto al sujeto activo de la violación, teniendo en cuenta que en muchas legislaciones e incluso en una parte de la doctrina se considera que únicamente puede cometer violación un hombre, en otras se sostiene que una mujer también podría ser sujeto activo, sea ejerciendo presión o intimidación sobre otra o manteniendo relaciones sexuales con un hombre o mujer menor de edad de consentimiento sexual.
  • También se ha discutido sobre si cabe la violación en las relaciones sexuales no consentidas dentro de un matrimonio. Algunos doctrinas y culturas (especialmente en los países musulmanes) no lo consideran violación.6

Historia

Edad Antigua

Los indicios más antiguos sobre la tipificación del delito de violación se remontan al Código de Hammurabi,7 del año 1760 A.C., que es una codificación de leyes basada en la Ley del Taliónque, sin embargo de este presupuesto, sancionaba fuertemente la violación. El Código de Hammurabi no reconocía la independencia de las mujeres, diferenciando únicamente entre una mujer casada y una mujer virgen pero prometida. Según esta clasíficación si un hombre violaba a una mujer virgen, su castigo era la muerte; más si la violación era cometida en contra de una mujer casada, ésta debía compartir la pena con su agresor sin que se tomen en cuenta las circunstancias en que se cometió la violación, siendo la pena de muerte mediante el ahogamiento, pues tanto la mujer como su agresor eran arrojados a un río, del cual si el marido de la agraviada así lo deseaba podía sacarla. El Código de Hammurabi asímilaba también a la violación con el incesto, que era un delito sancionado con la expulsión del violador fuera de las murallas de la ciudad.[cita requerida]
En la edad antigua, entre los hebreos, se han encontrado registros del delito de violación bajo la pena de muerte, delito mencionado en La Biblia8 en que se menciona
"Mas si un hombre hallare en el campo a la joven desposada, y la forzare aquel hombre, acostándose con ella, morirá solamente el hombre que se acostó con ella; mas a la joven no le harás nada"
Si la joven no era desposada no se trataba de un delito ya que el bien a tutelar era el honor del marido de la joven atacada y no la integridad física o emocional de la víctima como es hoy en día. La pena del acceso carnal ilícito era la lapidación, pena capital muy común en los casos de los delitos graves, pena bajo la cual eran sometidos tanto el atacante como la víctima, siendo esta última considerada como irremediablemente corrompida e impura. Sin embargo dependiendo si el atacante era casado o soltero, se podía imponérsele tanto la pena de muerte como únicamente una multa.[cita requerida]
En el antiguo Egipto la pena que se imponía a quien hubiere agravado sexualmente a otra persona era la pena de ser castrado, incluyéndose en la Ley de Manú la pena corporal a la víctima en el caso de que ésta fuera de distinta clase social.[cita requerida]
La leyenda sobre el origen de Roma cuenta sobre la violación a Rea Silvia9 por parte del dios Marte,10 por cuyo hecho quedaría embarazada de Rómulo y Remo, quienes fueran los míticos fundadores de Roma. Posteriormente a estos hechos, la violación de Lucrecia sería el punto final de la época monárquica en Roma, dando paso a la República romana.
En la Roma imperial la violación ocupaba un lugar importante en la vida sexual, se atropellaba sin vergüenza y se consideraba que el individuo forzado obtenía placer de ello. El modelo de la sexualidad romana era la relación del amo con sus subordinados (esposa, pajes, esclavos), es decir, el sometimiento.
El placer femenino era totalmente ignorado o presupuesto. En la moral sexual la oposición era someter/ser sometido. Someter era loable, ser sometido era vergonzoso solamente si se era un varón adulto libre. Si se era mujer o esclavo era lo natural.11
Durante la monarquía en Roma fue considerado un delito bajo la Lex Julia tipificándose dentro de la Ley de las XII tablas bajo el título de iniuria, el cual fue penado bajo la pena de muerte que únicamente podía ser evitado con el exilio del autor del delito y la confiscación de todos sus bienes. El bien jurídico tutelado era la castidad de la mujer, el honor de su padre si era virgen y el honor de su esposo si era casada, por ende no se puede hablar durante este período de una lesión de la libertad sexual porque las mujeres no podían decidir con quién mantener relaciones sexuales.12
En Grecia el castigo era la obligación impuesta al violador con la finalidad de que éste contrajera matrimonio con su víctima, bajo pena de muerte en el caso de ser rechazado el matrimonio por la víctima, siendo obligado en el caso de ser aceptado en matrimonio a que el violador le entregara la mitad de sus bienes y posesiones a su víctima si el violador era rico y potentado.[cita requerida]

Edad Media

En la Edad Media, la violación conjuntamente con otras clases de trasgresiones de carácter sexual fueron penadas severamente en Europa, encontrándose penadas desde el siglo XI hasta el siglo XVI como el delito de forzar o fuerza de mujer, razón por lo que los escritos medievales tratan a la violación mencionando hechos como la conoció por la fuerza. En la Edad Media, el aspecto según el cual se configuraría el delito de violación no era el consentimiento, sino la honorabilidad de la mujer, razón por la cual era muy común que las violaciones que se cometían en contra de mujeres amancebadas, prostitutas o criadas quedaran impunes y eran muy comunes las violaciones cometidas por personas de clases sociales privilegiadas en contra de mujeres de clases sociales bajas y desprotegidas, tales como las críadas que se encontraban desamparadas de la justicia, lejos de su hogar y sus familias y en un estado de total sometimiento y dependencia a los patronos.
Justamente en la Edad Media aparece una figura jurídica conocida como el derecho de pernada (en latín vulgar medieval, Ius primae noctis, que en castellano significa El derecho de la primera noche). Era, teóricamente, un derecho feudal tácito que establecía la potestad señorial de tener relaciones sexuales con toda doncellasierva de su feudo, en la primera noche cuando se fuera a casar con otro siervo suyo. Esto le daba a su siervo ciertos derechos, como por ejemplo cazar en los campos pertenecientes al señor feudal. Se considera que este derecho tuvo vigencia durante parte de la Edad Media de Europa occidental (aunque hay paralelismos en otras partes del Mundo) como componente del modo de producción feudal. Suponía, por tanto, la posibilidad de una violación legal de cualquier mujer del vasallaje. Esto llevó a numerosos conflictos y reyertas, y de ello se han hecho eco la literatura como en la obra Fuenteovejuna de Lope de Vega y en La catedral del mar de Ildefonso Falcones, o el cine, con la película Braveheart de Mel Gibson.
Los castigos por el delito de violación cometidos durante la Edad Media, variaban de acuerdo a las circunstancias según las cuales se cometía la violación, tales como el allanamiento de morada, la existencia de engaños que sería considerado como un estupro violento y el cometimiento mediante el empleo de violencias físicas. Uno de los castigos de la violación y considerado el mal menor para la víctima era que el violador contrajera matrimonio con su víctima, siendo obligado a encontrarle un marido a su víctima si ésta se negara rotundamente a casarse con él. Esta forma de castigo no era tan descabellada como pudiera parecer, pues traía consigo que los violadores que tenían grandes fortunas tuvieran que compartirlas con sus víctimas lo cual acarrearía una gran mengua en sus bienes, tal como el caso de Catalina, criada del maestro Pedro, que en 1488 perdonó al hermano de éste por forzarla sexualmente a condición de que contrajera matrimonio con ella.13
En la Alta Edad Media se tipificó el delito de violación con un procedimiento que debía seguir la víctima con la finalidad de poder acusar su condición. El procedimiento que debía seguir la víctima era arañarse la cara en señal de su dolor, presentar la denuncia respectiva ante los Tribunales de Justicia en el lapso de tres días desde que se cometió el delito, que declarara el hecho a cuantas personas se encontrara a su paso y que se sometiera al peritaje de las matronas o parteras para que se verificase su caso.
Dentro del derecho canónico de la Edad Media no se consideraba el consentimiento sino la existencia de la virginidad de la mujer, pudiendo ser considerada violación únicamente cuando la mujer hubiese sido desflorada, hecho que estuvo tipificado bajo el título de stuprum violentum o en el caso de una mujer casada que había sido atacada por un hombre que no fuera su marido.

Edad Moderna

En la Edad Moderna el delito de violación fue tipificado de acuerdo a principios jurídicos nacidos principalmente a partir de la Revolución Francesa, así como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, los cuales configurarían el delito de violación y su pena, teniendo como objeto jurídicamente protegido a la libertad de las personas respecto de su autodeterminación sexual, siendo compartido por varios tratadistas esta afirmación, tales como Norberto BobbioDiez RipollesMiguel Bajo Fernández y Caro Coria, mencionando que la libertad sexual existe en un doble sentido positivo y negativo, siendo positivo en el caso de la libre determinación de una persona para hacer uso de su cuerpo y sexualidad, así como el aspecto negativo, es decir el aspecto de negarse a ejecutar y a no tolerar actos sexuales. La pena del delito de violación ha sido prescrita de acuerdo a los principios de los nacientesderechos humanos, bajo la premisa del constitucionalismo y de los fines de la pena. Estos principios serían adecuados posteriormente a los códigos penales nacientes de los nuevos estados, siendo incorporados posteriormente al código penal de España y los códigos penales de los estados americanos.
Muchos tratadistas han intentado encontrar una base del comportamiento delictivo de los violadores en base a la criminología, estableciendo pautas y estudios sobre éstos, tales como los estudios de Cesare Lombroso, lo cual sería un punto de partida para un amplio debate acerca de la violación y las personas que cometen este delito.

La violación como un delito de guerra

A lo largo de la historia se han dado casos de violaciones masivas de mujeres en situaciones de conflictos bélicos, lo que ha sido considerado un delito de guerra, pese a haber quedado impune dicho acto. Este delito está movido por el odio, el fanatismo y en ocasíones la venganza, y se hace buscando el daño más humillante y doloroso a la víctima, por lo que su crueldad es máxima.

Posteriormente se dio la violación de dos millones de mujeres alemanas por
 soldados soviéticos en su avance por la Alemania nazi, de las que una décima parte fueron posteriormente asesinadas.14 15 16 Del total, 1.400.000 víctimas eran de las provincias orientales, 500.000 de la zona de ocupación rusa en Alemania y las 100.000 restantes en la capital, Berlín,17 18 19 donde hubo más ensañamiento en los días posteriores a la conquista, llegando a violar hasta 70 veces a la misma mujer.20 21En la Segunda Guerra Mundial este crimen llegó a su máximo grado de expresión. Así es conocida la violación de muchas mujeres por las tropas nazis, sobre todo en su avance hacia el este de Europa, aunque también se dieron casos en Francia, Bélgica y Holanda.
En Hungría hubo agresiones similares; así, en Budapest fueron violadas por los rusos unas 50.000 mujeres.22 23 También fueron víctimas de violaciones por soldados rusos, aunque resulte paradójico, mujeres de su mismo país que habían sido esclavizadas anteriormente por los nazis y que esperaban ansiadamente una liberación, que fue en muchos casos peor que su situación previa. Las violaciones también se repitieron en países como BulgariaChecoslovaquiaPolonia o Yugoslavia.
Violencia sexual
En la guerra en Asia también sufrieron las consecuencias las mujeres coreanaschinas y filipinas, que fueron violadas repetidamente por las tropas japonesas, convertidas en muchos casos en esclavas sexuales.24 El gobierno chino todavía reclama indemnizaciones económicas para las víctimas de la invasíón nipona.
En guerras posteriores se han dado nuevamente casos de violaciones de mujeres, como los perpetrados por los soldados de Estados Unidos enVietnam durante la guerra de 1958 a 1975. En la década de 1990 se dieron numerosos casos de violaciones en las guerras de Croacia y Bosnia-Herzegovina, en este último país se calcula que 20.000 mujeres fueron violadas por los serbios.25 Desgraciadamente en los últimos casos también han salido impunes los agresores.
Durante el Genocidio de Ruanda, en la primavera de 1994, también se utilizó la violación de las mujeres como forma de castigo colectivo contra la población civil, con el animo de infundir el terror en ella. Dos años después el relator especial de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU calculó que durante aquellos meses se habían cometido entre 250.000 y 500.000 violaciones.26 Según Amnistía Internacional:
"Muchas de las víctimas fueron violadas en las barricadas levantadas por las milicias de jóvenes interahamwe o fueron retenidas como prisioneras sexuales a cambio de protección temporal contra el ejército y las mencionadas milicias. El Ejército Patriótico Ruandés también cometió abusos sexuales y otros actos de violencia durante su avance militar –a veces como represalia contra la población hutu– así como en los meses y años posteriores al genocidio. Miembros de las Fuerzas de Defensa de Ruanda (el actual ejército ruandés), las fuerzas de seguridad y las milicias no remuneradas siguen perpetrando actos de violencia sexual y forzando a mujeres al matrimonio. La inmensa mayoría de los delitos de violencia sexual han quedado impunes. Tales delitos ocurren en un contexto en el que la discriminación y la violencia contra las mujeres es una constante, especialmente en lo que respecta al derecho consuetudinario."26
Generalmente se subestima el trauma psicológico que también sufren los varones como perpetradores o como testigos de la violencia sexual en los casos en los que se los obliga a cometer violaciones sexuales durante los conflictos armados muchas veces por orden de sus superiores. También es traumático cuando son obligados a presenciar violaciones sexuales cometidas por otros.27
En un informe de 2011 las Naciones Unidas expresaron su preocupación por la elevada incidencia de violaciones contra niños y niñas durante los conflictos armados en Burundi, el Chad, Cote d’Ivoire, Haití, la República Centroafricana, la República Democrática del Congo, Somalia y el Sudán.27

La violación en los países islámicos

Los países islámicos tienen una posición sui géneris frente a la violación sexual y a los delitos sexuales en general, aunque estos países difieren en ciertos aspectos respecto del castigo y las penas de la violación. Tal es el caso de Argelia en donde el aborto es legal, si ha sido causado por una violación.28
En general dentro de la cultura musulmana, la violación es un delito que se considera como tal cuando un hombre ha violado a una mujer, casada o virgen no emancipada, siempre y cuando la mujer haya estado cumpliendo las normas sociales, tales como el uso de la burka, el ir acompañada de una persona de sexo masculino que generalmente es su padre o su marido. Se ha debatido la posibilidad de que las mujeres musulmanes lleven un parche en el ojo para evitar miradas a hombres que podrían considerar esas miradas como muestra de consentimiento.29
Dentro del sistema judicial de los países musulmanes, es la mujer quien debe demostrar su inocencia en un caso de violación siendo irrelevante el hecho de que ella sea la víctima del delito. El sistema exige que la mujer demuestre su inocencia presentando a cuatro testigos presenciales del hecho.
La violación dentro del sistema judicial de los países islámicos está penada con lapidación cuando ha sido un hombre quien ha violado a una mujer casada o virgen no emancipada, aplicándose un castigo a la mujer considerada culpable de haber incitado al hombre a que la viole, el cual puede ser desde la flagelación hasta la lapidación. Se puede observar que dentro del sistema judicial del Islam no se castiga la violación como el acto en sí, de la forma en que se le conoce en occidente, sino más bien como un castigo a una figura que se parece aladulterio.

Feminicidio


Feminicidio es un neologismo creado a través de la traducción del vocablo inglés femicide y se refiere al asesinato evitable de mujeres por razones de género.
El feminicidio entra en la esfera de la violencia contra la mujer, pero también toma otras formas. Aunque existen otros casos como una mala o falta de atención médica durante el embarazo o el parto que pueden acarrear la muerte de la madre. En algunos países comoChina e India, las estadísticas muestran un ratio de hombre a mujer de 120 hombres por cada 100 mujeres.1 Sumado al aborto selectivo, el femicidio también toma la forma de infanticidio, y la violencia en contra de la mujer en algún estadio de su vida.

Definición del feminicidio

El feminicidio, parte del bagaje teórico feminista, procede tanto de las autoras Diana Russell y Jill Radford en su obra Femicide. The politics of woman killing como por Mary Anne Warren en 1985 en su libro Gendercide: The Implications of Sex Selection. Ambos conceptos fueron castellanizados por la política feminista mexicana Marcela Lagarde como "feminicidio", siendo adoptado este término, tras un largo debate, frente al término "genericidio".2 3
Las mujeres entre los 15 y los 44 años tienen una mayor probabilidad de ser mutiladas o asesinadas por hombres que de morir de cáncer, malaria, accidentes de tráfico o guerra combinados.
De acuerdo al Centro de Ginebra para el Control Democrático de las Fuerzas Armadas (DCAF) entre 113 y 200 millones de mujeres desaparecen demográficamente.
Esta brecha es el resultado de diversos mecanismos:
Esto implica que cada año entre 1,5 y 3 millones de mujeres de toda edad son víctimas de la violencia de género. La falta de cuidados médicos implica el fallecimiento de 600.000 mujeres al año durante el parto.4

Feminicidios en México

El feminicidio es usado para describir los repetidos asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez (ChihuahuaMéxico) y Ciudad de Guatemala (Guatemala), debido a que se considera que la justicia local no está investigando los crímenes. La mayoría de las mujeres son violadas y algunas mutiladas, torturadas o incluso descuartizadas.

Femicidios en Honduras

Honduras presenta la tasa de homicidios más alta del planeta debido a que el 90 % de los casos no son investigados, debido a esto es uno de los países con los niveles más altos de femicidios, entre 2002 y 2013 fueron asesinadas 3923 mujeres.5

Femicidios en Canadá

También hay sospechas de que hay femicidio entre las mujeres indígenas canadienses. Quinientas mujeres aborígenes han sido declaradas como desaparecidas o han sido asesinadas desde 1980, un número desproporcionado si se tiene en cuenta lo reducido de la población indígena canadiense. Estudios sociológicos explican que estas mujeres son vistas como blanco fácil para la violencia porque su raza las sitúa en lo más bajo de la jerarquía social[cita requerida] y económica. Muchas de las mujeres desaparecidas han sido descartadas como prostitutas, que supone un factor de riesgo, y su desaparición no ha sido investigada. Uno de los hechos que ha llevado la atención internacional sobre las mujeres de Canadá fue el asesinato deHelen Betty Osborne en 1971.

Legislación y jurisprudencia por países

México - Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre los asesinatos de Ciudad Juárez

El 16 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció una sentencia considerada ejemplar sobre el asesinato en 2001 de varias jóvenes mexicanas de Ciudad Juárez.6 Aquel año fueron descubiertos en un lugar conocido como "campo algodonero" los cadáveres de Claudia González, de 20 años, Esmeralda Herrera, de 15 años, y Laura Berenice Ramos, de 17 años, junto a los restos de otras cinco mujeres que no pudieron ser identificadas. Los cuerpos mostraban signos de que las mujeres habían sido violadas con extrema crueldad. Frente a la indiferencia y al desinterés de las autoridades mexicanas por investigar esas muertes, la abogada de las familias llevó el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ocho años más tarde, la Corte condenó por primera vez en la Historia a un país, México, por considerarle responsable de feminicidio. Lo declaró "culpable de violentar el derecho a la vida, la integridad y la libertad personal, entre otros delitos" así como culpable de "no investigar adecuadamente" las muertes.7
En esta sentencia, el alto tribunal define el feminicidio como “homicidio de mujer por razones de género”. La condena no se limita a los cinco casos denunciados sino que incluye una serie de deberes impuestos al Estado mexicano para investigar e impedir los feminicidios en su territorio.6
La Corte, utilizó la expresión “homicidio de mujer por razones de género” y no el término feminicidio y consideró que no es necesario ni posible pronunciarse de manera definitiva sobre cuáles homicidios de mujeres en Ciudad Juárez desde 1993, constituyen homicidios de mujeres por razones de género, más allá de los homicidios de las tres víctimas del presente caso. Por esta razón, se pronunció ante los casos de Ciudad Juárez como homicidios de mujeres, aunque entienda que algunos o muchos de éstos puedan haber sido cometidos por razones de género y que la mayoría han ocurrido dentro de un contexto de violencia contra la mujer.8 Incluso la Comisión no calificó los hechos ocurridos en Ciudad Juárez como lo que actualmente se reconoce como “feminicidio”, solo los representantes de las víctimas, expresaron que los homicidios y desapariciones de niñas y mujeres en Ciudad Juárez, son la máxima expresión de laviolencia misógina, por lo que alegaron que esa violencia se ha conceptualizado como “feminicidio”.9

Bolivia aprueba ley que pena el feminicidio con 30 años de cárcel

Evo Moralespresidente de Bolivia promulgó el 9 de marzo de 2013 una ley que castiga el delito de feminicidio de hasta 30 años de prisión sin derecho a indulto. La norma pretende acabar con la violencia machista y otorgar a la mujer una protección integral. La ley se denomina Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una vida libre de violencia.10

Perú impone desde 28 años a la cadena perpetua para el feminicidio

El congreso impuso cadena perpetua para los sujetos que violaron y asesinaron a niñas. También sanciona el ataque contra las mujeres por el solo hecho de su género, con 28 años sin indulto, y el juez tiene el total derecho de ascenderlo a una pena mayor y hasta cadena perpetua, esto también en caso de que el agresor sea liberado y vuelva a incidir en contra de la mujer.

Ecuador incorpora en su nuevo Código Orgánico Integral Penal el delito de feminicidio. (2014)

La Asamblea Nacional del Ecuador dio el visto bueno al nuevo código penal denominado Código Orgánico Integral Penal, donde incluye este neologismo de la violencia hacia la mujer. "Artículo 141.- Feminicidio. La persona que como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia de muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años."